DIEZ AÑOS DE IMPUNIDAD CONTINUADA DE LAS POLÍTICAS DE ANEXIÓN Y APARTHEID ISRAELÍES ES HORA DE LA JUSTICIA Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS

DECLARACIÓN DE LA COORDINADORA EUROPEA DE COMITÉS Y ASOCIACIONES SOBRE PALESTINA (CECP)

EN EL 10º ANIVERSARIO DE LA OPINIÓN CONSULTIVA DE LA CIJ

DIEZ AÑOS DE IMPUNIDAD CONTINUADA DE LAS POLÍTICAS DE ANEXIÓN Y APARTHEID ISRAELÍES

ES HORA DE LA JUSTICIA Y LA RENDICIÓN DE CUENTAS

El 9 de julio de 2004, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió una opinión consultiva titulada Consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado, en la que concluía que “la construcción del muro que está edificando Israel, la potencia ocupante, en el territorio palestino ocupado incluida Jerusalén Este y alrededores, y su régimen asociado, son contrarios a Derecho internacional”.

El tribunal rechazó la afirmación israelí de que el muro no es más que una “barrera de seguridad” temporal y estableció que “la construcción del muro y su régimen asociado crean un hecho consumado sobre el terreno que bien podría llegar a ser permanente”, advirtiendo que sería “equivalente a una anexión de facto”. Añadió que esto “impide gravemente el ejercicio del pueblo palestino de su derecho a la libre determinación y, por lo tanto, es una violación de la obligación de Israel de respetar ese derecho” que está protegido por la Carta de las Naciones Unidas.

La Corte concluyó además, que “la construcción del muro ha llevado a la expropiación o destrucción de propiedades en condiciones que violan las disposiciones de los artículos 46 y 52 del Reglamento de La Haya de 1907” relativo a las leyes y costumbres de la guerra terrestre, “y del artículo 53 del Cuarto Convenio de Ginebra” relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra del 12 de agosto de 1949. Adicionalmente, el muro constituye el incumplimiento de diversos elementos de las Convenciones de Derechos Humanos de la ONU, así como es una violación grave de las normas imperativas del Derecho Internacional Consuetudinario.

La Resolución de la Asamblea General de la ONU ES-10/15, aprobada el 20 de julio de 2004, que “reconoce la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia del 9 de julio 2004” y “exige que Israel, la potencia ocupante, cumpla con sus obligaciones legales señaladas en la opinión consultiva”, reafirma la decisión de la Corte por la que “Israel tiene la obligación de poner fin a sus violaciones de Derecho internacional; tiene la obligación de detener de inmediato las obras de construcción del muro que está edificando en territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Este y alrededores, desmantelar de inmediato la estructura allí situada, y derogar o anular de inmediato todas las actuaciones legislativas y reglamentarias relativas al mismo … “. Y que “Israel tiene la obligación de reparar todos los daños causados por la construcción del muro en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Este y alrededores”.

Adicionalmente, la Corte Internacional de Justicia llegó a la conclusión de que “todos los Estados tienen la obligación de no reconocer la situación ilegal resultante de la construcción del muro, de no prestar ayuda o asistencia para mantener esa situación, y en cooperar con miras a poner fin a las declaradas violaciones y garantizar que la reparación sea satisfecha…”. Y también, establece que “los Estados parte del Cuarto Convenio de Ginebra tienen la obligación de tomar medidas para garantizar el cumplimiento de la Convención…”.

El 9 de julio de 2014, después de una década de injusticia e impunidad continuadas, el muro, los asentamientos y su régimen asociado siguen creciendo a un ritmo sorprendente, resultando en la anexión de facto de cada vez más tierra palestina, el saqueo de sus recursos naturales, y el traslado forzado de la población palestina, incluso dentro de la ocupada Jerusalén Este y sus alrededores. El Muro del Apartheid es una pieza fundamental del proyecto expansionista Israelí, confinando a la población palestina en enclaves segregados cada vez más reducidos, de manera similar a la que la población no blanca fuera confinada a bantustanes durante el apartheid sudafricano.

La UE y sus Estados miembros, en contra de sus obligaciones directas recogidas en la resolución de la CIJ, han fracasado a la hora de ejercer una presión significativa sobre Israel para que ponga fin a la construcción del muro, así como tampoco han tomado medidas eficaces para responsabilizar a Israel de sus graves violaciones de Derecho internacional. Por el contrario, en lugar de aplicar las directrices de la UE sobre el cumplimiento de la legalidad internacional y adoptar medidas o sanciones eficaces, la UE ha continuado su cooperación con Israel a un ritmo desenfrenado. Es más, muchas compañías europeas como G4S, Elbit, Veolia y Alstom, entre otras, están directamente involucradas en la construcción y/o mantenimiento del muro y/o asentamientos, algunas de las cuales incluso gozan de los beneficios de la financiación de la UE.

10 años después, agravados por el daño ocasionado por Israel en la ronda más reciente de más de 20 años de fallidas “negociaciones”, ¡es hora de la justicia y la rendición de cuentas!

En este 10 º aniversario de la opinión consultiva de la CIJ, la CECP insta a la UE y a sus Estados miembros a:

  • Hacer cumplir la aplicación plena e inmediata de la opinión consultiva de la CIJ, de conformidad con su obligación legal de tomar medidas efectivas para presionar a Israel a poner fin a la situación ilegal creada por el muro y su régimen asociado.

  • Desarrollar al máximo la política de la UE de no reconocimiento del muro y los asentamientos, incluida Jerusalén Este y sus alrededores, y asegurar la exclusión de todas las entidades israelíes radicadas o que participan en los asentamientos, y aquellas que participan en la construcción y/o mantenimiento del muro y su régimen asociado, del acceso a financiación, préstamos o inversiones de la UE.

  • Prevenir eficazmente que empresas europeas se beneficien de la construcción y/o mantenimiento del muro y/o los asentamientos y su régimen asociado, y publicar directrices sin demora con este objetivo.

  • Suspender el Acuerdo de Asociación con Israel de acuerdo a los artículos 2 y 79, y en conformidad con las políticas establecidas en la UE relativas al cumplimiento del Derecho internacional.

La ECCP respalda la llamada “Haz de julio el mes contra el muro del Apartheid” lanzada por 7 coaliciones y 22 organizaciones de la sociedad civil palestina, y hace un llamamiento a la sociedad civil europea, incluidas ONG, organizaciones de derechos humanos, sindicatos, empresas y particulares a:

  • Presionar a sus gobiernos para que cumplan con sus obligaciones legales.

  • Apoyar y ampliar la campaña global de BDS por la justicia, como herramienta para exigir el cumplimiento del fallo de la CIJ, defender los derechos palestinos y derrotar el sistema de apartheid, colonialismo y ocupación Israelíes.